N281 - Error de Siltra C9626 - Base inferior al mínimo
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    N281 - Error de Siltra C9626 - Base inferior al mínimo

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    Error C9626. Base CC inferior al mínimo y Base de AT y EP inferior al mínimo

    Este error se produce cuando la base de cotización enviada a través de SILTRA es inferior a la base mínima establecida para ese grupo de cotización y régimen.

    Esto puede ser debido a varios motivos:

    • Es posible que se haya indicado un Grupo de cotización erróneo en el programa. En este caso, conviene revisar en el icono Situación de la ficha del trabajador que se haya indicado el mismo grupo de cotización que tenga establecido en Seguridad Social.

    • Si el trabajador es del grupo de cotización del 08 al 11, puede deberse a que en el icono Situación de la ficha del trabajador se haya indicado una forma de cobro distinta a la informada en Seguridad Social. En este caso, es aconsejable solicitar un IDC del trabajador para poder así conocer dicha información y reflejarla de igual modo en el programa.

    • También puede ocurrir que no se hayan indicado las tablas correctas de cotización en el programa. Puedes revisar esta información desde la solapa Empresa > grupo Configuración > desplegable del icono Parametrización > opción Parametrización.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    Una vez situado, selecciona en el margen izquierdo la opción Seguridad Social y verifica, en el apartado Tipos y bases de cotización, que estén seleccionadas las últimas tablas vigentes del ejercicio actual.

    Una vez localizado y solucionado el error, sería necesario calcular nuevamente la nómina del trabajador para posteriormente generar un nuevo fichero de bases.

    Base inferior al mínimo en una liquidación de vacaciones (L13)

    Para trabajadores a tiempo parcial es importante tener en cuenta que, el cálculo de la base de cotización durante el periodo de vacaciones en un finiquito, dependerá del coeficiente de parcialidad que haya sido informado en el contrato.

    Por tanto, sería necesario revisar dicha información en el programa. Puedes comprobar esta información en el contrato del trabajador, dentro del apartado Información de contrato a tiempo parcial.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    Para cumplimentar dicha información, es importante tener en cuenta que los datos introducidos en Tipo de jornada, Horas jornada y Nº horas jornada máxima deben ser concordantes.

    Por ejemplo, si en Tipo de jornada se ha seleccionado la opción S – Jornada semanal y el trabajador tiene una jornada del 50% sobre 40 horas semanales, en Horas jornada se deberá indicar 20 y en Nº horas jornada máxima el valor 40.

    Una vez corregida la parcialidad en el contrato del trabajador, sería necesario calcular nuevamente la nómina de finiquito del trabajador para posteriormente generar un nuevo fichero de bases.

    Base inferior al mínimo en trabajadores agrarios con jornadas reales

    El cálculo de la base mínima de cotización de un trabajador agrario con jornadas reales dependerá del grupo de cotización que tenga asignado dicho trabajador en Seguridad Social, y del número de jornadas reales que hayan sido informadas.

    Por tanto, sería conveniente acceder al icono Situación de la ficha del trabajador y revisar, dentro del apartado Cotización a la Seguridad Social, que se haya informado el mismo Nº de jornadas reales que hayan sido comunicadas previamente a Seguridad Social.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    Una vez localizado y solucionado el error, puedes volver a calcular la nómina del trabajador y generar un nuevo Fichero de bases.


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