- DarkLight
N1753 - Qué cambios se han realizado en el envio de los partes de incapacidad temporal
- DarkLight
¿Qué cambios se han realizado en el envío de los partes de incapacidad temporal?
A través del Real Decreto 1060/2022, publicado en el BOE el 5 de enero, se han realizado modificaciones en ciertos aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal, con el objetivo de simplificar los procedimientos.
En lo que respecta a los partes médicos de bajas y altas, se entregará solamente una copia a la persona trabajadora, eliminándose tanto la segunda copia como la obligación de que sea la persona trabajadora quien la entregue a la empresa, entidad gestora o mutua.
El servicio público de salud, la mutua o empresa colaboradora, enviará telemáticamente los detalles de los partes médicos relacionados con la baja, confirmación y alta al INSS dentro del primer día laborable después de su emisión.
El INSS será responsable de informar sobre los partes médicos de incapacidad temporal. Para este propósito, han puesto a disposición de las empresas el Fichero INSS Empresas (FIE), que puede descargarse en formato .txt a través de SILTRA. Este fichero permite a las empresas obtener información diaria sobre la situación de sus trabajadores en relación con las prestaciones de Seguridad Social y automatizar la información sobre las bajas laborales de su personal en su sistema de gestión de nóminas.
A partir del 1 de abril de 2024, se suprime la obligación de las empresas de transmitir al INSS los partes de incapacidad temporal (altas, confirmación, bajas).
Con motivo de estos cambios, Seguridad Social ha creado una nueva acción en el fichero FDI, denominada “DE”. Mediante esta acción, las empresas deberán remitir al INSS los datos económicos de la IT (bases de cotización, días cotizados, etc.), siempre y cuando, exista en la base de datos del INSS un parte de baja que previamente haya sido comunicado a la empresa a través del fichero FIE.
Respecto al programa, debe crearse un parte de Incapacidad Temporal como habitualmente se viene haciendo hasta ahora, con la particularidad de que hay que informar en el mismo, de la descripción de las funciones del trabajador en su puesto de trabajo.
Para ello, accede al parte de Incapacidad Temporal del trabajador y pulsa en el apartado Descripción de funciones. En la ventana que se muestra, dispones de cuatro líneas para describir las funciones del trabajador. Recuerda incluir un mínimo de 15 caracteres.
El FDI también debe llevar la descripción del puesto de trabajo, este dato se recogerá automáticamente de la ficha del trabajador del campo Descripción del trabajo que aparece en el icono Situación de la ficha.
Una vez hayas verificado que el trabajador tiene informada la Descripción del trabajo y hayas cumplimentado el parte de IT, puedes generar el fichero para enviarlo al INSS. Para ello, accede desde la solapa Comunicación > grupo SILTRA > desplegable del icono Incapacidades > opción Incapacidades.
Una vez situado, selecciona en el desplegable Tipo la opción Datos económicos.