E633 - Novedades presentación del modelo 131 - Estimación Objetiva
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    E633 - Novedades presentación del modelo 131 - Estimación Objetiva

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    Novedades presentación del modelo 131 – Estimación Objetiva

    El modelo 131 es el modelo para presentar la autoliquidación trimestral del pago fraccionado del IRPF de los autónomos que tributan en Estimación Objetiva.

    La AEAT ha implementado unas modificaciones en el diseño del fichero para la presentación del modelo 131. Para la correcta realización del fichero se han introducido modificaciones en la configuración del programa.

    Antes de realizar la presentación del modelo 131 realiza las siguiente comprobaciones y cumplimentaciones:

    Definición de información adicional del módulo de IRPF

    Formularios adicionales en casillas 05 y 09 del modelo 131

    Resto personal asalariado

    Índices correctores

    Errores comunes en la presentación del modelo 131


    Definición de información adicional del módulo de IRPF

    La definición de módulos empresariales de IRPF se encuentra en la solapa Libros/Módulos > grupo Módulos empresariales > icono IRPF.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación, Word  Descripción generada automáticamente

    Para comenzar con la definición del módulo, selecciona la actividad en el desplegable del campo Epígrafe y pulsa el botón Crear módulos o Cargar módulos si ya lo tienes definido.

    Interfaz de usuario gráfica  Descripción generada automáticamente

    En la ventana Definición de Módulos de IRPF pulsa en el botón Información adicional, que se encuentra en la parte superior derecha de la ventana.

    Se muestra la ventana Información adicional, que es de cumplimentación manual para cada uno de los epígrafes que tengas creados en la sociedad.

    Su cumplimentación es obligatoria para la inclusión en el fichero del modelo y su correcta presentación. Para que los datos configurados en esta ventana se guarden correctamente debes Aceptar el módulo al salir.

    Una vez, cumplimentada la información requerida en la definición del módulo puedes realizar la presentación del modelo 131.

    Al realizar la creación del módulo de IRPF, se muestra una ventana de atención si no has configurado la información adicional.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación, Correo electrónico  Descripción generada automáticamente

    Antes de guardar la definición del módulo cumplimenta esta información, ya que es obligatoria para la generación del fichero.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    Una vez cumplimentados estos datos puedes guardar la definición del módulo.

    En módulos ya creados con anterioridad al realizar la presentación del modelo 131.

    Se muestra el siguiente mensaje, que nos recuerda que es necesario cumplimentar los datos solicitado en la información adicional, como hemos visto anteriormente.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación  Descripción generada automáticamente


    Formularios adicionales en casillas 05 y 09 del modelo 131

    Accede a la solapa Impresión > grupo I.R.P.F. > desplegable del icono Pagos fraccionados > opción 131 – Pago fraccionado Módulos.

    En primer lugar, se muestra la ventana recordando cumplimentar la información adicional en la definición del módulo.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    Pulsa en Aceptar. Si ya has cumplimentado la información adicional en el módulo pulsa en el icono Importar Datos, que se encuentra en el grupo Datos.

    Especifica el periodo de liquidación y desmarca si así lo deseas, la casilla de verificación Calcular la deducción del artículo 110.3 c.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    En el modelo se han introducido dos botones para cumplimentar información necesaria en la elaboración del fichero en los casos que corresponda.

    • Casilla 05: en actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva. Si es tu caso, pulsa sobre el icono correspondiente y cumplimenta la información solicitada.

    • Casilla 9: Minoración por aplicación de la deducción a que se refiere el artículo 110.3 c) del Reglamento del Impuesto. Si al realiza la importación de los datos has dejado activa esta casilla, se completará con la cantidad correspondiente según los rendimientos netos económicos del ejercicio anterior, en el caso, que no excedieran de 12.000 euros según los parámetros establecidos y se marcará la casilla que corresponda en la ventana para la deducción.

    Pulsa en el botón y se muestra la siguiente ventana.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto  Descripción generada automáticamente

    En esta ventana se marcará automáticamente la casilla que corresponda según la cantidad indicada en la casilla 09 si esta no ha sido modificada en el modelo.

    Si modificas manualmente el importe de la casilla 09 debes acceder a la ventana y desmarcar las casillas si el importe fuera 0, o marcar la casilla que corresponda según el importe.

    En casos excepcionales que en el trimestre debas presentar también el modelo 130 debes indicar la cantidad deducida en el modelo 130 no pudiendo exceder la sumas de ambas el total que puedes deducirte.

    Una vez cumplimentados los datos, para dejar la información grabada, pulsa en el icono Grabar declaración para guardar la información.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación, Tabla  Descripción generada automáticamente

    No obstante, una vez revisada toda la información al pulsar en el icono Presentación telemática, que se encuentra en el grupo Emisión oficial.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación, Tabla, Excel  Descripción generada automáticamente

    Se muestra una ventana de Atención para revisar y cumplimentar esta información. Pulsa en , si ya lo has hecho para continuar con la presentación.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación  Descripción generada automáticamente


    Resto personal asalariado

    Se ha introducido una automatización para los cálculos del Resto personal asalariado, esta información se cumplimenta en los siguientes epígrafes:

    • 1.644.1 – Com. men. pan, pasteles, confitería, lácteos
    • 1.644.2 – Despachos pan, pan especial, y bollería
    • 1.644.3 – Com. men. ptos. pastelería, bollería
    • 1.644.6 – Com. men. masas fritas

    Al crear el módulo de IRPF en una de estas actividades, o si proviene de ejercicios anteriores accede al enlace Control de personal dentro de la definición del módulo.

    Se muestra la configuración del personal donde puedes cumplimentar el apartado Resto Personal asalariado.

    Este apartado se encuentra deshabilitado en el resto de los epígrafes.


    Índices correctores

    En la definición de los índices correctores, ten en cuenta, que una vez cumplimentada la información adicional en el módulo, y de acuerdo con los datos introducidos en ella debes aplicar el índice corrector que corresponda en función del epígrafe dado de alta.

    En un ejemplo de una actividad con el epígrafe 1.673.3 – OTROS CAFES Y BARES con la siguiente definición en la ventana de Información adicional de la definición del módulo.

    En este caso corresponde aplicar el índice corrector general de empresas de pequeña dimensión.


    Errores comunes en la presentación del modelo 131

    Puedes encontrar más información para la definición del modelo IRPF y errores en la presentación en los siguientes documentos:

    ¿Cómo configurar el índice corrector en una empresa de pequeña dimensión?

    ¿Cómo configurar el índice corrector especial para las actividades de transporte por carretera y autotaxis?

    ¿Cómo configurar el índice corrector de exceso de cuantías?


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