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E209 - IVA no deducible como mayor gasto y declararlo en 130 en Estimación
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¿Puedo computar el IVA no deducible como un mayor gasto y declararlo en el modelo 130 en Estimación?
Sí, el programa puede ser configurado para declarar el IVA no deducible como un mayor gasto en el modelo 130.
Esta configuración se realiza exclusivamente en actividades acogidas a un Régimen de IRPF en Estimación directa y un Régimen de IVA Normal.
Para llevar a cabo la configuración accede a la solapa Empresa > grupo Ficheros > icono Actividades:
En la ventana de modificación de actividad marca la casilla de verificación Computar el IVA/IGIC no deducible como un incremento del gasto:
La introducción de los registros de facturas recibidas se realiza mediante el procedimiento habitual.
Por ejemplo, una actividad que tiene configurada una prorrata especial del 25%, al introducir el registro de la factura debe indicar en la lista desplegable Deducción > Prorrata Especial y en la lista desplegable Deducción en I.R.P.F. > Prorrata Especial:
De esta factura se declara en el modelo 130 el importe total de la base imponible (1.000) y el 75% de la cuota de IVA (este sería el porcentaje no deducible, cuyo importe es de 157,50):
En el modelo 130 se visualiza:
Por último, en el caso de tener configurada una prorrata general o indicar en el propio registro un porcentaje de deducción, la parametrización del registro de facturas debe ser el mismo, especificando siempre la misma información en el apartado Deducción y Deducción de IRPF.