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E035 - Configurar una actividad de temporada en Estimación
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¿Cómo puedo configurar una actividad de temporada en Estimación?
Tendrán la consideración de actividad de temporada las que habitualmente sólo se desarrollen durante ciertos días del año, continuos o alternos, siempre que el total no supere los 180 días por año.
El programa contempla la definición de los módulos de IRPF e IVA para las actividades de temporada, aplicando el índice corrector que le corresponda según el siguiente baremo publicado en BOE:
- Hasta 60 días > 1,50
- De 61 a 120 días > 1,35
- De 121 a 180 días > 1,25
En primer lugar, introduce las fechas de alta y baja de la actividad para informar las fechas de la temporada, para ello accede a la solapa Empresa > grupo Ficheros > icono Actividades.
Crea la actividad y en la ficha indica la fecha de alta y fecha de baja.
A continuación, accede a la solapa Libros/Módulos > grupo Módulos empresariales > icono IRPF.
Accede a la ventana Definición de Módulos de IRPF para configurar los distintos apartados.
Pulsa en el enlace Generales y cumplimenta el apartado b.2) Actividad de temporada.
Una vez cumplimentado el módulo de IRPF, hay que definir el módulo empresarial de IVA correctamente.
Para realizar esta configuración dirígete a la solapa Libros/Módulos > grupo Módulos empresariales > icono IVA.
Accede a la ventana Definición de Módulos de IVA para configurar los distintos apartados.
Al definir el módulo de IVA marcar en el apartado Índices correctores, reducciones y mínimos la casilla de verificación Actividad de temporada, de esta forma el programa realiza los cálculos correspondientes y aplica el índice corrector que le corresponde.